Impacto de la nueva ley de reparto de utilidades

Para 2023 las empresas deben cumplir con el pago de utilidades a partir del 1 de abril y hasta el 30 de mayo.
4 de mayo de 2023 por
Mary Jose Niño Dorantes



 

Ya nos encontramos en el periodo de reparto de utilidades correspondiente al ejercicio 2022 y es importante que conozcas todo para que puedas cumplir con lo que estable la ley. 

En función de lo que dictamina la ley, los trabajadores que laboraron por lo menos 60 días tienen derecho a recibir utilidades; en compañías cuyas ganancias rebasan los 300 mil pesos, de acuerdo a su declaración fiscal y que tengan más de un año de funcionamiento. 

¿Qué empresas están exentas del pago de utilidades?

  • Empresas de nueva creación, durante su primer año de funcionamiento. 
  • Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
  • Las empresas de la industria extractiva de nueva creación, durante el periodo de exploración.
  • Instituciones de asistencia privada reconocidas por leyes, que no tengan fines de lucro.
  • El IMSS y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Las empresas cuyo ingreso anual declarado al impuesto sobre la renta no sea superior a 300 mil pesos. Cálculo de utilidades a partir de 2021

En 2021 se fijó un tope en el monto de distribuir entre los trabajadores en dos posibilidades: el equivalente a 3 meses de sueldo o el promedio del PTU recibido en los últimos tres años, lo que resulte más favorable para la persona trabajadora. Las utilidades bajo esta nueva reforma serán las que se repartan en 2022, ya que entró en vigor a partir de 2021.

Según el artículo 127 El derecho de los trabajadores a participar en el reparto de utilidades se ajustará a las normas siguientes: 

I. Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas no participarán en las utilidades;

II. Las demás trabajadoras y trabajadores de confianza participarán en las utilidades de las empresas, pero si el salario que perciben es mayor del que corresponda a la o el trabajador sindicalizado de más alto salario dentro de la empresa, o a falta de éste a la o el trabajador de planta con la misma característica, se considerará este salario aumentado en un veinte por ciento, como salario máximo.

III. El monto de la participación de las y los trabajadores al servicio de personas cuyos ingresos deriven exclusivamente de su trabajo, y el de los que se dediquen al cuidado de bienes que produzcan rentas o al cobro de créditos y sus intereses, no podrá exceder de un mes de salario;

IV. Las trabajadoras, durante los períodos pre y postnatales, las y los trabajadores víctimas de un accidente de trabajo durante el período de incapacidad temporal, serán considerados como trabajadoras y trabajadores en servicio activo;

 V. En la industria de la construcción, después de determinar qué trabajadoras y trabajadores tienen derecho a participar en el reparto, la Comisión a que se refiere el artículo 125 adoptará las medidas que juzgue conveniente para su citación;

VI. Las y los trabajadores domésticos no participarán en el reparto de utilidades; y

 VII. Las y los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos.

Si el trabajador no recibe su reparto o la paga fue incompleta, tendrá un año para reclamar su reparto de utilidades, por eso es importante que consideren estos aspectos.


Fuente: 
Ley Federal del Trabajo
SAT

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